Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1063/2011-R
Fecha: 11-Jul-2011
II.4.
II.4. Por lo que, Juan José Gonzales Ossio, René La Fuente Baspineiro y Carlos Alfredo Arizaga Alarcón, plantearon incidente de actividad procesal defectuosa ante la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, demandando que no existe pronunciamiento sobre la situación jurídica de Juan Evo Morales Ayma, solicitando que el Fiscal General cumpla con el art. 3 de la Ley 2445, debiendo ampliar su requerimiento acusatorio o emitir resolución de rechazo.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1.2.3. Intervención del Tercero Interesado
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- SC 0927/2010-R
- SC 0096/2010-R
- sin embargo, por su reconocimiento constitucional, no puede ser inobservado por las autoridades jurisdiccionales y/o administrativas, a momento de conocer y resolver un caso concreto sometido a su competencia, por tanto es de inexcusable cumplimiento
- SC 0655/2010-R
- SC 0327/2010-R
- III.3. Análisis el caso concreto
- REVOCAR