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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1095/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1095/2011-R

    Fecha: 16-Ago-2011

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de ese año, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 191/2010 de 11 de junio, cursante a fs. 88 y vta., dictada por el Juez Segundo de Partido y de Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • 1)
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • “improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 12
    • III.1.Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
    • Fragmento 14
    • es exigible su tutela a través de esta acción de defensa en los casos en que el procesamiento indebido es la causa directa de la supresión o restricción al derecho a la libertad física
    • sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción
    • III.3. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
    • ordenar la tutela
    • APROBAR

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