SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1095/2011-R
Fecha: 16-Ago-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
El 23 de octubre de 2009, a horas 15:30 aproximadamente, se suscitó un hecho de tránsito, “colisión por alcance a ciclista con muerte y fuga del conductor y vehículo”, siendo la víctima fatal su padre, quien falleció por traumatismo cráneo cervical. Iniciándose las investigaciones bajo la dirección del Ministerio Público de Viacha, que dieron cuenta que el día del hecho a la hora enunciada, se encontraba circulando con su motorizado, Felipe Rosa Mamani, resultando por ende, sospechoso del hecho.
A su vez, la persona referida -Felipe Rosa Mamani-, instauró en su contra, proceso penal acusándole la comisión de los delitos de difamación, calumnias e injurias; seguido con muchos vicios de nulidad que le ocasionan indefensión y una posible pena restrictiva de libertad, no por las pruebas, sino por el total estado de indefensión en el que se encuentra.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
- Fragmento 14
- es exigible su tutela a través de esta acción de defensa en los casos en que el procesamiento indebido es la causa directa de la supresión o restricción al derecho a la libertad física
- sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción
- III.3. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- ordenar la tutela
- APROBAR