Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1095/2011-R
Fecha: 16-Ago-2011
II.8.
II.8. El 8 de junio de 2010, María Angélica Quispe de Aruni sentó denuncia contra el abogado Sebastián Cuevas Cuevas, por la supuesta comisión del delito de falsedad ideológica, previsto en el art. 199 del CP, alegando que éste había presentado con una serie de engaños y sospecha de “consorcio en la justicia ordinaria”, diversos memoriales sin su consentimiento, dentro del proceso penal motivo de la presente acción tutelar, que fueron firmados por dicho profesional a nombre suyo (fs. 1 a 2).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
- Fragmento 14
- es exigible su tutela a través de esta acción de defensa en los casos en que el procesamiento indebido es la causa directa de la supresión o restricción al derecho a la libertad física
- sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción
- III.3. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- ordenar la tutela
- APROBAR