SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1097/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1097/2011-R

Fecha: 16-Ago-2011

II.5.

II.5.  En audiencia de 29 de diciembre de 2009, realizada a horas 15:30, previo a la realización de dicha audiencia, los abogados de Eloy Efraín Paco Mayta, plantearon incidente de actividad procesal defectuosa invocando el art. 167 del CPP, por falta de citación previa que lo puso en estado de indefensión total. Por Auto de la misma fecha, el Juez demandado, rechazó el incidente con el fundamento que el imputado habría sido citado legalmente para prestar su declaración informativa, la legalidad del mandamiento de aprehensión conforme el art. 226 de dicho cuerpo legal; y, que el desfile identificativo se realizó conforme a procedimiento, sin vulnerar el art. 169 de la Ley Adjetiva Penal.

          Seguidamente y previa ponderación de los elementos de convicción presentados, el Juez codemandado, determinó la detención preventiva del representado de la accionante en el Centro Penitenciario “San Sebastián”, advirtiendo que dicha Resolución sería impugnable conforme dispone el art. 251 del CPP (fs. 43 a 47 vta.). De la revisión de antecedentes, no se observa que Eloy Efraín Paco Mayta, hubiera hecho uso del recurso de apelación incidental.