Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1119/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
II.2.
II.2. Por memorial de 5 de noviembre de 2009, la representante del Ministerio informó de la aprehensión de Luis Tenorio Montaño, a su vez solicitó revocatoria de las medidas sustitutivas y la detención preventiva del mismo (fs. 31 a 32). Efectuada la audiencia en igual fecha, los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia de Ivirgarzama, revocaron las medidas sustitutivas impuestas a Luis Tenorio Montaño, y dispusieron su detención preventiva en el penal de “San Sebastián” de la ciudad de Cochabamba (fs. 34 a 38).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- b)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Primer supuesto:
- por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- III.2. Análisis del caso concreto
- o rechace la misma
- APROBAR