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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1119/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1119/2011-R

    Fecha: 19-Ago-2011

    II.5.

    II.5.  No obstante, la advertencia de que la mencionada Resolución era apelable en el plazo de setenta y dos horas desde su notificación, por el informe de las autoridades demandadas y la propia afirmación del accionante en audiencia, se ha establecido que la misma no fue objeto del recurso de apelación incidental por parte de Luis Tenorio Montaño. 

    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • b)
    • “improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • Primer supuesto:
    • por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • o rechace la misma
    • APROBAR

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