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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1125/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1125/2011-R

    Fecha: 19-Ago-2011

    II.2.

    II.2.  Con similar tenor, cursa a fs. 4 el certificado médico de 3 de diciembre de 2009, suscrito por Remberto Osinaga García, médico neurocirujano, quien confirmó la prestación de servicios a favor del paciente Edwin Romero Bravo en el Hospital Universitario Municipal “San Juan de Dios”, indicando que hasta esa fecha, el paciente se encontraba en proceso de recuperación.

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • “procedencia”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre la retención de pacientes en recintos hospitalarios públicos y privados
    • tanto los centros hospitalarios públicos como privados, lesionan el derecho a la libertad individual y de locomoción de los pacientes dados de alta o, en su caso de aquellos que se nieguen a dar la alta, cuando con su retención -en sus instalaciones- pretenden coaccionar el pago de la deuda por cuentas de tratamiento médico e internación, en cuyo caso, corresponde conceder la tutela que brinda el art. 125 de la CPE
    • III.2. Análisis de la problemática concreta
    • ordenar la tutela
    • APROBAR

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