Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1128/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
II.2.
II.2. Posteriormente, el 12 de abril de 2010, Wilford Garvizú Montaño, instó a la Fiscal de Materia, Varinia Gonzalés presentar el requerimiento conclusivo en el caso indicado supra en el plazo de tres días (fs. 15), frente al incumplimiento; el 20 de abril del mencionado año, conminó al Fiscal de Distrito a pronunciarse sobre la acusación otra solicitud conclusiva en el plazo de cinco días (fs. 36), con la que se le notificó ese mismo día (36 vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.3. Persecución indebida
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR