SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1134/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
III.4.2.
Los accionantes alegan que la Resolución de imputación formal, carece de certeza, al no especificar la modalidad de su conducta, la participación en el hecho, la tipicidad de sus conductas; además que la aprehensión y allanamiento fueron ilegales; sin embargo, según informan los antecedentes del cuaderno procesal, se constata la ausencia de activación de mecanismos procesales establecidos por ley, frente a una supuesta actuación procesal defectuosa por defectos absolutos en la resolución de imputación formal como en la aprehensión y el allanamiento; situación que pudo ser corregida por el Juez cautelar encargado del control jurisdiccional en la etapa preparatoria; pero no es viable, acudir directamente a la justicia constitucional pretendiendo ocultar su negligencia, activando directamente una jurisdicción distinta a la ordinaria, desconociendo de esta forma, autoridades y mecanismos establecidos legalmente y que deben ser agotados previamente ante la justicia ordinaria.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- “procedente”
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- pendiente la solicitud de cesación de detención preventiva
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- a)
- III.1.
- Fragmento 10
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- Fragmento 12
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.3. Juez de Instrucción en lo Penal, tiene la labor permanente del control jurisdiccional respecto a las actuaciones de la Fiscalía y la Policía Nacional
- III.4.1. Sobre la supuesta ilegal y arbitraria Resolución 006/2010
- los accionantes tenían que interponer la presente acción contra los Vocales que conocieron la referida apelación
- III.4.2.
- oportunidad
- III.4.3. Sobre la violación a las reglas de competencia
- la que resuelve una Excepción
- posterioridad
- modifique las medidas cautelares
- Fragmento 23