SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1176/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1176/2011-R

Fecha: 29-Ago-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

La accionante, mediante memorial presentado el 10 de junio de 2010, cursante a fs. 2 y vta., manifiesta que, dentro del proceso penal seguido contra su representado, radicado en el Juzgado Octavo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, el 1 del citado mes y año, se libró a su favor mandamiento de libertad, en cumplimiento a la Resolución que extinguió la acción penal por duración máxima del proceso, mismo que fue remitido y recepcionado el 4 del señalado mes y año, al Centro de Rehabilitación Santa Cruz, sin que se dé cumplimiento hasta la interposición de la presente acción de libertad, argumentando el Director demandado que el mandamiento de detención preventiva fue suscrito por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal y el mandamiento de libertad por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, ambos del mismo Distrito Judicial, por lo que se debería enviar informe al respecto, violando así su derecho a la libertad.

Señala además que, para no tener que interponer la presente acción, se presentó a la Gobernación en calidad de defensora del imputado, para explicar las razones por las que en ambos mandamientos no firmaba el mismo Juez; sin embargo, el Director se mantuvo en la posición de que se le debería enviar informe, situación por la que su representado, hasta ese momento, se encontraba privado de libertad por cinco días, ante el incumplimiento de dicha autoridad.