Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1176/2011-R
Fecha: 29-Ago-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Dada la carga procesal, mediante Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se ampliaron las facultades otorgadas a este Tribunal a través de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, a objeto de conocer y resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales, presentadas a partir del 7 de febrero de 2009; es decir, bajo el nuevo orden constitucional. Mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación del sorteo de causas, habiéndose sorteado la presente causa, el 2 de agosto de 2011, por lo que la presente Resolución está dictada dentro de plazo.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La tutela de la acción de libertad ante el incumplimiento inmediato de la ejecución del mandamiento de libertad
- señala que
- el interno será liberado en el día,
- no obstante, que los encargados de centros penitenciarios o prisiones, tienen la obligación de la verificación tanto de la autenticidad del mandamiento de libertad como la inexistencia de otros mandamientos pendientes, esa actuación está limitada precisamente a esos supuestos y no a otras acciones dilatorias y que no son inherentes a sus funciones,
- Fragmento 13
- APROBAR