SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1179/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1179/2011-R

Fecha: 06-Sep-2011

Fragmento 13

De acuerdo a la relación fáctica expuesta en los antecedentes de la presente acción y su correspondiente verificación en el sistema informático de este Tribunal, destaca que Fernando Arteaga Cuellar, el 6 de mayo de 2010, presentó una acción de libertad anterior a la que se revisa, dirigida contra los miembros del Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, misma que fue resuelta y declarada “improcedente” por el Juez Séptimo de Sentencia y Liquidador del mismo Distrito Judicial, a través de la Resolución 01/2010 de 7 de mayo; posteriormente, remitida en revisión a este órgano contralor de constitucionalidad, pronunciándose la SC 1103/2011-R de 16 agosto, por la que -ingresando al fondo de la problemática planteada-, el Tribunal Constitucional aprobó la Resolución del Juez de garantías y denegó la tutela solicitada por el accionante, con el fundamento que “…los actos que el accionante denuncia como lesivos a su derecho a la libertad, fueron reparados dentro del recurso de apelación resuelto por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que dejó sin efecto la Resolución que modificó las medidas cautelares impuestas al accionante y ordenó que el Tribunal Primero de Sentencia, ahora demandado, dentro de las veinticuatro horas de recibidos los antecedentes, señale una audiencia para considerar la solicitud de modificación de medidas cautelares y que de forma objetiva valore su resolución; situación que según lo informado por las autoridades jurisdiccionales demandadas, fue cumplida pero que dicha audiencia fue suspendida por la inconcurrencia deliberada del abogado del imputado, volviendo a señalar nueva audiencia para el 7 de mayo de 2010, es decir en horas de la tarde del mismo día de efectuada la audiencia de la presente acción tutelar”.