Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1215/2011-R
Fecha: 13-Sep-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 15 de 13 de mayo de 2009, cursante de fs. 214 vta. a 215, dictada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- "improcedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- y luego a las superiores a ésta
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR