Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1215/2011-R
Fecha: 13-Sep-2011
II.6.
II.6. Respecto de la mencionada Resolución, el representado del accionante solicitó enmienda y se corrija el procedimiento con relación a la Resolución del incidente (fs. 137 a 139 vta.), mereciendo la providencia de 20 de marzo de 2009, que señala: "En lo principal, no ha lugar a la enmienda solicitada toda vez que la resolución es clara en cuanto a sus determinaciones, y además que no corresponde en el presente estado del proceso" (sic) (fs. 140).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- "improcedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- y luego a las superiores a ésta
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR