SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1231/2011-R
Fecha: 13-Sep-2011
dispuso la inmediata incorporación como trabajadores regulares del Gobierno Municipal de Oruro a todos los trabajadores de avance de obra;
El Jefe Departamental de Trabajo de Oruro emitió la RA 019/2007, en base a la disposición legal contenida en el DS 28699, en la cual dispuso la inmediata incorporación como trabajadores regulares del Gobierno Municipal de Oruro a todos los trabajadores de avance de obra; contra esta Resolución se interpuso recurso de revocatoria por lo que se emitió la Resolución de revocatoria 028/2007, que confirmó la Resolución pronunciada; ante lo cual fue interpuesto el recurso jerárquico, emitiéndose el 5 de junio 2007, la RM 249/07, por el Ministro de Trabajo, que confirmó las Resoluciones Administrativas, por lo que el representante legal del Gobierno Municipal demandado presentó la demanda contenciosa administrativa ante la Corte Suprema de Justicia, donde se declaró improbada la demanda.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- SC 0628/2010-R
- una vez que el agraviado tenga una resolución, ya sea administrativa o judicial, favorable a sus intereses y esa decisión no sea obedecida por la persona o autoridad requerida, es el órgano judicial o administrativo, que se pronunció sobre la pretensión del requirente, el obligado a hacerla ejecutar dentro de los alcances de sus competencias y para ello es necesario que el agraviado recurra nuevamente a ella para que utilice los mecanismos persuasivos o coercitivos para el cumplimiento de la decisiones
- III.3. Análisis del caso concreto
- dispuso la inmediata incorporación como trabajadores regulares del Gobierno Municipal de Oruro a todos los trabajadores de avance de obra;
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos
- o las que emerjan de un procedimiento administrativo,
- APROBAR