SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1247/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1247/2011-R

Fecha: 16-Sep-2011

1)

La Jueza de garantías asumió esta decisión con los siguientes fundamentos: 1) El Juzgado Décimo de Instrucción en lo Penal, evidentemente rechazó el requerimiento fiscal y fijó medidas sustitutivas a la detención preventiva, determinación que es apelada en la vía incidental, que hasta la fecha no fue considerada ni resuelta por el superior en grado; 2) El procesamiento indebido, debe ser considerado en la etapa de juicio, donde evidentemente la parte está sujeta a un proceso en el cual tendrá que decidirse su situación procesal, y no así en la fase de investigación, siendo que el Ministerio Público no puede realizar un procesamiento, si no únicamente la autoridad jurisdiccional; 3) Las actuaciones fijadas por el Ministerio Público, si bien fueron aplazadas en su realización a solicitud de los ahora accionantes, las presentaron con las formalidades de ley; no obstante, la autoridad demandada las tradujo como obstaculización de la investigación por parte del imputado en la averiguación de los hechos; y, 4) La autoridad fiscal si bien se encuentra facultada para emitir orden de aprehensión y conducción de cualquier persona que no se someta a la investigación o que hiciera caso omiso a su llamado, no es menos evidente, que ante la existencia de resolución de medidas cautelares dispuesta por el órgano jurisdiccional, el incumplimiento a las mismas debe ser puesta en conocimiento de esa autoridad a objeto que en aplicación del procedimiento penal disponga la modificación o revocatoria de las medidas sustitutivas.