SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1247/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1247/2011-R

Fecha: 16-Sep-2011

improcedente”

La Jueza Cuarta de Sentencia en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Juez de garantías, pronunció la Resolución 06/2010 de 16 de agosto, cursante de fs. 58 a 59 vta., declarando “improcedente” la acción planteada, disponiendo que en virtud a la existencia de una apelación pendiente de resolución, se dirija oficio a la Corte Superior de Distrito a efecto de su pronta consideración, mientras tanto el Ministerio Público deberá abstenerse de disponer y ordenar la aprehensión del representado de los accionantes, quien deberá cumplir con la Resolución 44/2010, que establece la obligación de presentarse los días lunes en la mañana ante la Fiscal de Materia y sobre todo la obligación de acudir a todos los llamados que haga dicha autoridad para proseguir con la investigación; con carácter excepcional en virtud al informe de la autoridad accionada, se notifique “al” domicilio real y procesal para la siguiente actuación al imputado a efecto de evitar susceptibilidades en cuanto al cumplimiento de estos actos, reiterando que en caso de incumplimiento pueda revocarse esta medida cautelar debiendo la autoridad demandada poner en conocimiento de la autoridad jurisdiccional encargada del control a efectos de disponer lo que en derecho corresponda y sea quien considere estos extremos.