SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1287/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
II.1.
II.1. A fs. 12 y vta., cursa el memorial suscrito por Sarah Pilar Chávez Bustillos, Jorge Horacio Calustro Cardozo, Celia Calustro de Álvarez, Virginia Quispe Aruquipa, Sonia Camacho Luizaga, Flora Almanza de Flores, Dolores Vásquez de Higuera y Julia Aruquipa Yana, en su calidad de comerciantes que ejercen su actividad económica en la acera del mercado “Alto San Pedro y Tercer Anillo de circunvalación”; escrito que fue dirigido al Oficial Mayor a.i. de Defensa Ciudadana del Gobierno Municipal Autónomo de Santa Cruz de la Sierra, el 23 de julio de 2009, bajo similares cuestionamientos que los expuestos en la acción de amparo constitucional que se revisa, e indicando como petitorio, la autorización para mantener sus puestos de venta en la referida ubicación, hasta el 31 de diciembre del mismo año, tiempo que indican como suficiente para tramitar su licencia de comercialización de coca al detalle para la gestión 2010.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ratificación de la acción
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- III.1.1. En relación al caso concreto
- III.2. Sobre el derecho fundamental a la petición presuntamente conculcado
- III.2.1. Circunstancias de la problemática en análisis
- REVOCAR