SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1306/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la "seguridad jurídica", al debido proceso, a la defensa y el principio de legalidad; toda vez que, dentro la demanda de reparación del daño seguido en su contra, la Jueza demandada ordenó la entrega del inmueble ubicado en calle San Salvador 1481, sin calificar monto alguno; contra cuya Resolución, interpuso recurso de apelación incidental, argumentando que el demandante retiró la demanda de reparación del daño a favor de Lupe Rosario Vargas de Maldonado, manteniendo contra su persona y que en su demanda, no pidió la entrega del inmueble, lo que recién hizo en audiencia, donde demandó el pago de daños y perjuicios en Bs.756 776.- y/o de manera alternativa la entrega del inmueble; habiendo los Vocales codemandados confirmado lo resuelto por la a quo. En ese sentido, corresponde en revisión, analizar si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La fundamentación de las resoluciones tiene vital importancia a momento de determinar si existe o no vulneración del derecho al debido proceso, en especial en los casos donde la resolución aludida como vulneradora de derechos es emanada por un Tribunal de apelación,
- exigencia de fundamentar las decisiones, se torna aún más relevante cuando el Juez o Tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades de primera instancia
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR