Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1313/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
b)
b)También se denuncia que el voto constructivo de censura no estaba considerado en el orden del día. De igual manera, remitiéndonos a la prueba detallada en el inciso anterior, se establece que esta segunda denuncia, tampoco resulta evidente, pues de manera expresa se consignó como único punto a tratar el voto constructivo de censura.
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- i)
- ii)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Pr
- Fragmento 21
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- III.3.