Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1313/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
i)
i) Se cumplió el procedimiento establecido en cuanto a la presentación de la moción de censura y su admisión; sin embargo, no, en cuanto a la notificación personal al Alcalde, ya que de obrados consta que fue supuestamente notificado en la puerta de su despacho, rehusándose a firmar; por lo que, la diligencia se realizó con la intervención de tres testigos, circunstancia totalmente opuesta a la norma legal;
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- i)
- ii)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Pr
- Fragmento 21
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- III.3.