Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1313/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
e)
e) También denuncia que no se le permitió asumir defensa de las catorce acusaciones contenidas en el memorial de moción de voto constructivo de censura. Al respecto, conviene recordar que el Alcalde Municipal electo de acuerdo al art. 50 de la LM, puede ser removido mediante voto constructivo de censura, que procede como medida de excepción cuando el Concejo Municipal ha perdido la confianza en él, sin mayor posibilidad de ejercer el derecho a la defensa, pues no se trata propiamente de un proceso.
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- i)
- ii)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Pr
- Fragmento 21
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- III.3.