SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1314/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1314/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante estima como vulnerados sus derechos a la defensa, a la “seguridad jurídica”, a la dignidad, a la tutela judicial efectiva, al debido proceso, a la condición esencial de probidad, al valor superior de justica y al principio de razonabilidad, debido a que presentó un recurso de apelación ante el Juzgado Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz y el indicado recurso fue concedido en el efecto devolutivo, el que una vez radicado el 5 de agosto del indicado año en la Sala Civil Segunda, el 8 del mismo mes y año, complementó su recurso de apelación presentando nuevas pruebas, solicitando apertura de plazo probatorio; sin embargo, el 27 de agosto del mismo año, el Vocal semanero de la Sala Civil Segunda resolvió “no ha lugar” a la apertura de término probatorio y remisión de oficios a las entidades financieras que solicitó; Resolución  que fue ratificada por los Vocales de la referida Sala, quienes además determinaron “no ha lugar” a su solicitud de complementación y enmienda. En consecuencia  corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.