Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1316/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante por intermedio de su abogado ratificó en su integridad los fundamentos expuestos en el memorial de la acción, agregando que su despido fue: 1) Como emergencia de haberse enterado de su estado de gravidez, pues no significa otra cosa que meses anteriores hubiese recibido cartas de felicitación y a la semana de haber tomado conocimiento de su embarazo; y, 2) El Director General del SENASAG le hubiera cursado el memorando de despido y después de una serie de notas de reclamo, apareció una supuesta carta de renuncia.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inamovilidad laboral de la mujer embarazada y protección en el marco de la Constitución Política del Estado
- III.2. El principio de subsidiariedad del amparo constitucional frente a la protección de la mujer en estado de gestación
- III.3. Sobre la postergación de la sanción impuesta a mujeres en estado de gestación hasta un año del nacimiento de su hijo
- III.4. Análisis del caso de autos
- “concedido”
- APROBAR