SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1316/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
II.1.
II.1. El 1 de febrero de 2008, la accionante suscribió con el Director Nacional Ejecutivo del SENASAG, un contrato de trabajo eventual con vigencia hasta el 10 de abril del indicado año, para prestar sus servicios como Inspectora de Inocuidad Alimentaria en el Distrito de Oruro; a cuyo vencimiento, el 11 de abril del mismo año, a través del memorando 00138/2008, fue designada como Encargada de Registro y Certificación de Inocuidad Alimentaria; posteriormente el 10 de julio del mismo año, en mérito al memorando 184/2008 asumió interinamente las funciones de Jefa Distrital del SENASAG-Oruro; cargo que le fue asignado como titular desde el 2 de enero de 2009, conforme dispuso el memorando 082/2009 (fs. 45 a 49).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inamovilidad laboral de la mujer embarazada y protección en el marco de la Constitución Política del Estado
- III.2. El principio de subsidiariedad del amparo constitucional frente a la protección de la mujer en estado de gestación
- III.3. Sobre la postergación de la sanción impuesta a mujeres en estado de gestación hasta un año del nacimiento de su hijo
- III.4. Análisis del caso de autos
- “concedido”
- APROBAR