Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1316/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
II.4.
II.4. Cursa una carta de 18 de febrero de 2009, dirigida al Director General Ejecutivo del SENASAG, sin sello de recepción, mediante la cual la accionante hace conocer su renuncia al cargo de “Jefe Distrital a.i.” del SENASAG-Oruro aduciendo como motivo el esclarecimiento a las observaciones de auditoría interna realizada el 4 y 5 de febrero de 2009; cuya firma según el informe pericial grafoscópico efectuado por el perito especialista en ciencias de criminalística y ciencias forenses dependiente de la Policía Boliviana, concluyendo que no corresponde a la accionante, tratándose de una falsificación (fs. 56 a 67).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inamovilidad laboral de la mujer embarazada y protección en el marco de la Constitución Política del Estado
- III.2. El principio de subsidiariedad del amparo constitucional frente a la protección de la mujer en estado de gestación
- III.3. Sobre la postergación de la sanción impuesta a mujeres en estado de gestación hasta un año del nacimiento de su hijo
- III.4. Análisis del caso de autos
- “concedido”
- APROBAR