Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1320/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
I.2.1
El abogado patrocinante de la accionante, ratifico in extenso los términos de la acción planteada; haciendo énfasis en el estado delicado de gestación de la misma, por correr riesgo su vida y la de su hijo, debido a que, en el penal sólo existe un médico general y no un médico especializado, para su cuidado; por lo que, solicita tomar en cuenta estos aspectos.
- I.1.1
- I.2.1
- a)
- 1)
- “improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y el derecho a la vida
- derecho a la maternidad segura
- la detención preventiva sólo procederá cuando no exista ninguna posibilidad de aplicar otra medida alternativa
- esta previsión no conlleva la prohibición de ordenar la detención de la mujer embarazada
- Fragmento 15
- III. 3. La tramitación de la cesación de la detención preventiva conforme al art. 239 inc. 1) del CPP
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR