SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1350/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1350/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

Fragmento 15

         Una vez determinada la excepción al carácter subsidiario del amparo constitucional, cuando se trata de medidas de hecho o la mal llamada “justicia directa a mano propia” que no tiene respaldo legal proveniente de funcionarios públicos o de particulares; es preciso referir que este Tribunal, mediante SC 0148/2010-R de 17 de mayo, determina los requisitos para considerarla como medida de hecho y hacer abstracción de las exigencias procesales, consistentes en: