Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1350/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
II.1.
II.1. Según afirma el accionante en su demanda, el 24 de julio de 2009, la demandada -pese al pago de sus alquileres-, procedió a pintar el logotipo y anuncio de la razón social de la ferretería de su representada, el cual se encontraba ubicado en la fachada del inmueble que ocupaba en calidad de inquilina. Ingresando además de manera clandestina al ambiente, cerrándolo por dentro, privándole de poder entrar a su negocio y de acceder a documentación, computadora, dinero en efectivo y otros enseres (fs. 32 y vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- concediendo
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Protección directa e inmediata otorgada en forma excepcional por la acción de amparo constitucional, ante medidas de hecho
- Fragmento 15
- III.3. Requisitos para conceder la tutela del amparo constitucional por medidas de hecho
- Fragmento 17
- III.4. Del desalojo extrajudicial de un inquilino de local comercial por el propietario
- III.5. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- “conceder”
- APROBAR