SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1377/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
El 24 de mayo de 2010, el Fiscal de Materia demandado, instruyó al investigador de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) reciba la denuncia de Reina Isabel Cartagena Pacheco por los delitos de allanamiento de domicilio y otros contra el representado de la accionante, además da que se constituya al lugar del hecho y se hagan las entrevistas y se proceda al arresto y aprehensión de los denunciados.
Por memorial de 30 de mayo de ese año, su representado, que es cónyuge, solicitó al Fiscal demandado, deje sin efecto el mandamiento de aprehensión, ante su negativa, acudió ante el Juez de Instrucción de la provincia de Warnes, denunciando en la vía incidental, la concurrencia de defectos absolutos, teniendo como respuesta la Resolución de 5 de julio de ese año, por el que rechazó el incidente interpuesto, sin ninguna fundamentación.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- “no otorgar la tutela constitucional”
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- . En consecuencia, si los incidentes y excepciones tienen similar significado, por cuanto ambas son cuestiones accesorias que se interponen dentro del proceso o con motivo de él, se llega a la conclusión de que también pueden ser objeto de apelación,
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- es admisible el poder impugnar aquellas decisiones que resuelvan incidentes.
- ordenar la tutela
- POR TANTO