Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1377/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
II.3.
II.3. El 12 de junio de 2010, el representado de la accionante, planteó incidente de nulidad de actuaciones por defectos absolutos alegando que se libró mandamiento de aprehensión en su contra al margen de los requisitos y condiciones exigidos por ley (fs. 1 a 2 vta.) la que es respondida por el Fiscal demandado (fs. 7 a 8) y resuelto el 5 de julio de ese año por la Jueza demandada, rechazándolo (fs. 14 a 15).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- “no otorgar la tutela constitucional”
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- . En consecuencia, si los incidentes y excepciones tienen similar significado, por cuanto ambas son cuestiones accesorias que se interponen dentro del proceso o con motivo de él, se llega a la conclusión de que también pueden ser objeto de apelación,
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- es admisible el poder impugnar aquellas decisiones que resuelvan incidentes.
- ordenar la tutela
- POR TANTO