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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1381/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1381/2011-R

    Fecha: 30-Sep-2011

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    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución el Juez de garantías
    • “procedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • Fragmento 8
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.1. Citación con la demanda tutelar.
    • la notificación con el recurso y citación para la audiencia respectiva, es de suma importancia en acciones tutelares, habida cuenta que su finalidad es poner en conocimiento de la autoridad o persona demandada los hechos y términos de la denuncia interpuesta en su contra, con el objeto que informe al respecto; o en su caso desvirtúe los fundamentos de hecho y de derecho que el accionante expresa en su demanda y que alega lesivos de derechos fundamentales
    • III.2.2. Notificación al tercero interesado.
    • En etapa de revisión, si se advierte que el recurso fue admitido, tramitado y se ha llevado a cabo la audiencia de consideración, pese a no cumplir con este requisito, da lugar a la improcedencia del amparo, sin ingresarse al análisis de fondo del asunto'
    • Fragmento 14
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • ordenar la tutela
    • REVOCAR

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