SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1399/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1399/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

coincidencia entre la autoridad que presuntamente causó la violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción

Por otra parte, este Tribunal con relación a la legitimación pasiva ha establecido en las SSCC 0325/2001-R , 0863/2001-R,  2859/2010-R de 10 de diciembre, entre otras, que: “la legitimación pasiva debe ser entendida como la coincidencia entre la autoridad que presuntamente causó la violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción (SSCC 0255/2001-R, 0829/2001-R, 1349/2001-R, entre otras); de lo que se establece que para que el recurso sea admitido es imprescindible que el recurso sea dirigido contra la persona que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, es decir el agraviante.