SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1399/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1399/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

da lugar al rechazo del recurso

La jurisprudencia constitucional precisando los efectos del incumplimiento de los requisitos de admisión, en la SC 0038/2004-R de 15 de enero y reiterada por la SC 2389/2010-R de 19 de noviembre, entre otras, señalaron que: “la omisión de los requisitos señalados en el art. 97 de la LTC da lugar al rechazo del recurso, pudiendo subsanarse los defectos de forma en el plazo de cuarenta y ocho horas, sin recurso ulterior, como prevé el art. 98 LTC, caso contrario se mantendrá el rechazo, y si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia (las negrillas son nuestras).