Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1399/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante denunció como vulnerados sus derechos a la seguridad social, a la salud, a la vida misma de la madre y del ser en gestación, a la estabilidad laboral o inamovilidad funcionaria, al trabajo, a la dignidad y a la petición, citando al efecto los arts. 9, 13, 14, 15, 18, 22, 35 y ss., 46, 48, 58, 62 de la CPE.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. Sobre la legitimación pasiva
- a) cuando se omite en etapa de admisión del recurso el cumplimiento de alguno de los requisitos y no se subsanan los mismos dentro del plazo de ley, se da lugar al rechazo; y b) si el recurso fue admitido pese a no cumplirse con los requisitos exigidos por Ley, se da lugar a la improcedencia del amparo, sin ingresarse al análisis de fondo del asunto
- da lugar al rechazo del recurso
- coincidencia entre la autoridad que presuntamente causó la violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción
- para acusar un acto ilegal lesivo de derechos fundamentales que se encuentren bajo la protección del amparo, es ineludible que aporte pruebas suficientes que demuestren la existencia del acto ilegal,
- aporte los elementos de prueba suficientes en los que se acredite y demuestre la existencia del acto y/u omisión denunciado de ilegal,
- i)
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2º