SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1624/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1624/2012

Fecha: 01-Oct-2012

II.7.

II.7.          Cursa también “Acta de Reconciliación”, suscrita por Maruja Yañez Poma, de 19 de julio de 2011, en la cual se establece lo siguiente: 1) Que se presentaron a la comunidad “Arce Rancho”, los afectados Maruja Yañez Poma y los representantes de la Comisión Central Regional Hugo Escalera, Pascual Castello y Marcial Rocha y otros dirigentes; 2) De manera expresa se señaló que Maruja Yañez reconoció que su esposo cedió terreno a cuatro personas y que data de muchos años atrás; 3) “La Sra. Maruja esta de acuerdo de darles el agua…” (sic); 4) “La Comisión toma la decisión con todas estas intervenciones que la comunidad se aga otra picina fuera de la propia de la sr Maruja y que el agua del vertiente saque a esa picina la comunidad 2 dias para la comunidad y 1 dia para la Sr forma relativa -hasta este punto se llevo a cabo un acta en forma pasifica con ambas partes y felis mente este de acuerdo para respetarse en forma reciproco, inamovible para siempre” (sic); y, 5) “…la parte superior de los terrenos que queden con la comunidad convento y Flor del Valle no están resueltos porque no están de acuerdo ninguna de las partes -La comisión saca una determinación de intervenir de los terrenos para que no trabajen hasta que haya una solución final para ambas partes del cual estén de acuerdo las dos partes” (sic) (fs. 95 a 96).