SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1624/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1624/2012

Fecha: 01-Oct-2012

IV.1. Los alcances de la refundación del Estado Plurinacional de Bolivia a la luz del pluralismo, la interculturalidad y la descolonización

Esta reforma, implica el diseño de un nuevo modelo de Estado, el cual se diseña a partir del “pluralismo” como elemento estructurante del Estado; en ese orden, la cláusula estructural de la Constitución plasmada en su primer artículo, consagra el Pluralismo como el eje esencial de la reforma constitucional, diseño que se encuentra en armonía con el preámbulo de ésta Norma Suprema.

En base al pluralismo como elemento estructurante del nuevo modelo de Estado, la Función Constituyente, en mérito a factores históricos, sociológicos y culturales, consolida la protección y efectivo reconocimiento constitucional de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, asegurando una real materialización del pluralismo, con la consagración taxativa del principio de “libre determinación” plasmada en el art. 2 del texto constitucional, postulado que asegura una real inclusión de estas colectividades en la estructura del modelo estatal bajo criterios de interculturalidad, complementariedad y a la luz de la doctrina de la “descolonización”.