SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1646/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1646/2012

Fecha: 01-Oct-2012

no es una acción sustitutiva, alternativa o paralela para restituir los derechos a la libertad o locomoción

De lo precedentemente establecido, el accionante, no observó que este medio de defensa constitucional no es una acción sustitutiva, alternativa o paralela para restituir los derechos a la libertad o locomoción, activándose únicamente cuando se agotó los medios de impugnación en la jurisdicción ordinaria, inobservando el orden constitucional de última ratio y si no resultaren efectivos y persista la lesión de derechos fundamentales o garantías constitucionales a su persona, pueda optar en impugnar ante el superior en jerarquía conforme el Código de Procedimiento Penal, por lo que al haber activado indiscriminadamente esta medio de defensa extraordinario, no se abre al ámbito de protección pretendido.