Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1660/2012
Fecha: 01-Oct-2012
Fragmento 3
Los accionantes mediante su abogado, ratificaron los fundamentos de la demanda de acción de libertad presentada, reiterando se conceda la tutela impetrada, disponiendo que sus defendidos sean debidamente notificados en forma personal y que la autoridad que conocía el caso señale día y hora de audiencia conclusiva, a efecto de que se tramite la excepción.
- acción de libertad
- I.1.1
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. Sobre la acción de libertad y las lesiones al debido proceso
- CONFIRMAR