Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1660/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.9.
II.9. El Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, emitió la providencia de 22 de octubre de 2010, por la cual dejó sin efecto el decreto de 16 del referido mes y año, mediante la que corrió en traslado el incidente de nulidad planteado, argumentando para ello, que de la revisión de los antecedentes del cuaderno de control jurisdiccional, se evidenció que el 1 ese mes y año, se llevó a cabo la audiencia conclusiva, y en consecuencia, la competencia del Juzgado para el conocimiento de que la había concluido (fs. 92).
- acción de libertad
- I.1.1
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. Sobre la acción de libertad y las lesiones al debido proceso
- CONFIRMAR