Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1660/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.11.
II.11. El Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, mediante oficio de 22 de noviembre de 2010, remitió la acusación formal ante el Tribunal de Sentencia Sexto de La Paz, donde se radicó la causa por Auto de 23 del mismo mes y año, instancia ante la cual Favio Alberto Salinas Vidaurrre, presentó la acusación particular el 22 de diciembre de 2010, la que se tuvo por presentada a través del decreto de 23 de ese mes y año (fs. 105 a 106 y 108 a 110).
- acción de libertad
- I.1.1
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. Sobre la acción de libertad y las lesiones al debido proceso
- CONFIRMAR