Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1674/2012
Fecha: 01-Oct-2012
i)
Elías Fernando Ganam Cortez, mediante informe escrito cursante a fs. 108 manifestó lo siguiente: i) De la revisión y compulsa de la presente acción, el accionante por su representado pidió se deje sin efecto la Resolución 08/2010, que declaró improcedente el recurso de casación y nulidad; y disponga la admisión del mismo; ii) La referida Resolución fue emitido por Armando Pinilla Butrón y Dora Villarroel de Lira; consiguientemente, no tomó conocimiento del asunto, menos intervino en la emisión del mencionado fallo, careciendo de legitimación pasiva.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 7
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 12
- III.2. En cuanto al derecho invocado por el accionante como lesionado y su contexto en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia
- Fragmento 14
- III.4. Interpretación de las normas procesales
- III.5. Primacía de la Constitución y bloque de constitucionalidad
- III.6. Del Notario de Fe Pública
- III.7.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR