Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1715/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.2.
II.2. Mediante memorándum de 1 de enero de 2010, el Alcalde Municipal de Colomi, notificó al accionante la nueva escala salarial reformulada y lo ratificó en el cargo de Asesor Legal del Ejecutivo Municipal, “dependiente de la Máxima Autoridad Ejecutiva, del Gobierno Municipal de Colomi” (sic) y mediante nota CITE: ALC: 005/2010, remite informe de contratos y proceso judiciales (fs. 4 y 5 a 7).
- acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.2. Derechos y valores supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- “improcedente”
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. El principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- los servidores públicos que presten servicios en las entidades públicas autónomas autárquicas y descentralizadas
- es aplicable a todas las acciones de impugnación del régimen laboral que se presentan en las entidades públicas sujetas al ámbito de aplicación del Estatuto del Funcionario Público,
- resolverá todos los conflictos emergentes de las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores
- CONFIRMAR