Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1715/2012
Fecha: 01-Oct-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia como vulnerados sus derechos a la “seguridad jurídica”, al beneficio social de la vacación y los valores a la dignidad e igualdad, señalando que fue contratado como Asesor Legal de la Alcaldía Municipal de Colomi, hasta el 10 de junio de 2010, fecha en la cual se prescindió de sus servicios y desde la que presentó y reiteró en varias oportunidades, la cancelación de haberes y la concesión de sus vacaciones, sin obtener resultado alguno. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.2. Derechos y valores supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- “improcedente”
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. El principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- los servidores públicos que presten servicios en las entidades públicas autónomas autárquicas y descentralizadas
- es aplicable a todas las acciones de impugnación del régimen laboral que se presentan en las entidades públicas sujetas al ámbito de aplicación del Estatuto del Funcionario Público,
- resolverá todos los conflictos emergentes de las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores
- CONFIRMAR