Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1716/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.4.
II.4. El Fiscal Anticorrupción Genaro Quenta Fernández, emitió Resolución de Rechazo de Denuncia 008/09 de 25 de marzo de 2009, dentro del caso MP-7075/07, a denuncia de Luis Fernando Eid Rivero y Marcos Vidal Chaya quien se adhirió a la denuncia contra Herlan Ricardo Eid Rivero, Félix Santiago Ugarte Mamani, Mario Augusto Asbun Telchi, Marco Antonio Patiño Serrano, Marco Antonio Vargas Yupanqui y Albo José María Lacaze Gómez (fs. 16 a 18 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- ”procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- 1. Del lugar donde se produjo el acto u omisión ilegales o indebidos. 2. Tratándose de resoluciones administrativas o judiciales, corresponde al juez o tribunal del distrito o asiento judicial del lugar donde la autoridad emitió o dictó la resolución considerada ilegal y que es el lugar donde tiene su domicilio institucional (las negrillas son nuestras)
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º