Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1727/2012
Fecha: 01-Oct-2012
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 9 de diciembre de 2010, cursante de fs. 388 a 393, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba, y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 16
- III.2.De la flexibilización del principio de subsidiariedad en caso de mujeres embarazadas y/o madres de un niño menor de un año
- III.3.1. Respecto al derecho a la vida
- III.3.2. Marco constitucional y jurisprudencial respecto a la inamovilidad funcionaria de la mujer embarazada
- Fragmento 20
- III.4. Otras normas aplicables al caso
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR