SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1730/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.5.
II.5. El Director de Catastro del Gobierno Municipal Autónomo de Pailón, informó el 6 de diciembre de 2010, al Asesor Legal de ese Municipio, que el camino que partiría desde el cruce de la carretera al norte Guarayos y este Puerto Suárez, pasaría por las propiedades “Las Madres” y “Agro Grigota” siendo ese vecinal en un tramo de aproximadamente 4.200 km, según su base de datos, indicando que el resto del camino que continuaría y que pasaría por las propiedades privadas “Santa Lucia” y “El Encanto” serían privados, mismos que utilizan las personas del lugar desde haría tiempo atrás, correspondiendo a un camino que ayuda en casos de inundación y para el desarrollo y el progreso de ese Municipio (fs. 123).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “procedente”
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y la excepción al principio de subsidiariedad por medidas de hecho
- III.2. Análisis del caso concreto