SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1730/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.7.
II.7. El 6 de diciembre de 2010, la Notaria de Fe Pública de Tercera Clase de Pailón, a solicitud de Pedro Roberto Tvrde, inspeccionó y verificó el camino de ingreso a las diferentes propiedades, ubicadas al norte de la carretera Pailón-Puerto Ibáñez, entregó por un camino vecinal de ingreso a la comunidad de Taperas que atraviesa las propiedades de Walter Fenney, Miguel Ángel Fenney, Pepe Basma, “Cabaña Palestina”, “Santa Lucia”, “El Lavadero” y “La Cubanita”, verificando que el camino o terraplén que estaría en plena construcción por la empresa “COSUMA” contratada por el Estado Plurinacional de Bolivia, se encontraría con avance, siendo transitado por movilidades -autos y mototaxis-, encontrando en el recorrido a mototaxistas, quienes le manifestaron que harían servicios a las distintas comunidades que se encontrarían sobre el camino vecinal sin ningún problema, adjuntando fotografías al respecto (fs. 150 a 164).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “procedente”
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y la excepción al principio de subsidiariedad por medidas de hecho
- III.2. Análisis del caso concreto