Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1730/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.6.
II.6. Jorge Raúl Durán Pardo, Asesor Legal del Gobierno Municipal de Pailón, mediante nota de 12 de noviembre de 2010, dirigida a Pedro Roberto Tvrde, dejo sin efecto la conminatoria realizada respecto a la paralización de cualquier supuesta destrucción y cierre de camino realizada, dejando establecido que sin embargo, se deberá determinar si el mismo sería privado en su totalidad, por cuanto según su base de datos ese camino sería vecinal en un tramo (fs. 138).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “procedente”
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y la excepción al principio de subsidiariedad por medidas de hecho
- III.2. Análisis del caso concreto